Eliécer Calzadilla
Miércoles, 26 de octubre de 2011
No se puede nacionalizar lo que es nacional ni estatizar lo que es del
Estado. El oro ha sido siempre de propiedad estatal y allí estriba una
de las falacias del decreto
El pasado 16 de septiembre, en la Gaceta Oficial Nº 39.759, fue
publicado el Decreto Ley 8.413, dictado por el Presidente de la
República actuando como legislador habilitado, en el que se establece un
nuevo régimen para la exploración, explotación, comercialización,
tenencia y beneficio de las minas y yacimientos auríferos que ha sido
llamado por la propaganda oficial como "decreto de nacionalización del
oro". Como casi todo lo que hace el gobierno, el decreto contiene una o
dos medias verdades y unas cuantas falacias; este en particular
evidencia una enorme ignorancia de lo que es y significa históricamente
el oro como elemento determinante del poblamiento de cientos de miles de
kilómetros de territorio nacional y posee un articulado de claro corte
represivo, anticonstitucional y arbitrario, de evidente estirpe
fascista, que revela una falta absoluta de estudio y un notorio sello
pirático marcado por quien lo redactó.
No se puede nacionalizar lo que es nacional ni estatizar lo que es del
Estado. El oro ha sido siempre de propiedad estatal y allí estriba una
de las falacias del decreto. La media verdad es que un pretexto del
decreto es acabar con el sistema capitalista en la explotación de las
minas, en lo que estoy de acuerdo con Chávez, sólo y exclusivamente en
lo que respecta a los yacimientos de la estatal Minerven, entiéndase
bien. Esas minas había que quitárselas al capitalismo salvaje que el
mismo régimen chavista instauró allí durante 12 años seguidos, en los
cuales se instalaron, una tras otra, varias mafias de franelas y boinas
rojas que hicieron grandes negocios con los cupos de oro (miles de
kilos), vendidos a dólar preferencial y revendido a precio
internacional. Durante estos 12 años de saqueo sistemático la empresa
Minerven cayó en total insolvencia y mora, se redujo la producción a 20
kilos de oro al mes (hasta hace pocos días) cuando debía producir por lo
menos 600 kilogramos mensualmente. Sostengo que esta falsa
nacionalización le echa tierra a ese escándalo del que todos los
guayaneses sabemos y en el que no hay ni un solo interrogado por un
fiscal, menos un preso.
El oro no es estratégico, decirlo es una burla; es un metal valioso,
pero no es estratégico un carrizo, si fuera estratégico en Minerven no
se hubieran robado ni un solo gramo: el gobierno debe ser retado a que
destape lo de los cupos de oro y revele los nombres de los beneficiarios.
La media verdad es que la minería incontrolada causa daños ambientales,
¿pero es que acaso el gobierno de Chávez se está instalando hoy y es
ahora cuando descubre que hay que ordenar la minería? No han querido
ordenarla porque si se legaliza y ordena la minería se acaba la matraca,
el negocio con el combustible y el tráfico de drogas y personas que se
encubren tras el desorden minero.
Como estudié leyes y sé que este gobierno neodictatorial penaliza lo que
uno dice y escribe (ya estuve judicialmente acusado por un artículo de
prensa), me curo en salud: no llamo a desacatar el decreto, es una ley
de la República y hay que acatarla, pero tengo eso sí, el derecho a
analizarlo, a impugnarlo en el debate y el foro, y a fomentar la
discusión para que se corrija su articulado. El decreto debe ser
derogado o sustancialmente enmendado porque sus disposiciones contrarían
ostensiblemente al texto constitucional y a los derechos fundamentales:
A) Excluye del trabajo de extracción minera, sin alternativas, opciones
ni plazos, a miles de trabajadores que por generaciones han ejercido el
"libre aprovechamiento del oro de aluvión", permitido por nuestra
legislación de manera inveterada. B) El Presidente, que tiene -por
habilitación- facultades en materia económica y financiera no puede, no
está facultado para establecer nuevos tipos delictivos y menos aún para
establecer penas de prisión: de acuerdo a lo que se entiende de los
artículos 1, 2, 3, 32 y 38 del decreto ley, el día 17 de noviembre de
2011, cuando entre en vigencia, miles de mineros pasarán a la doble
condición de desempleados por decreto y delincuentes, sujetos a penas de
prisión de 6 meses a 6 años. Igual pena tendrá el que comercie,
transporte, detente o circule oro en barra o "en polvo" (me imagino a
los joyeros de Guayana haciendo cola en el Banco Central, en Caracas,
para comprar 20 gramos de oros para hacer una cadena). C) El decreto ley
limita y penaliza actividades que desde siempre eran lícitas, en un
nuevo y punitivo marco jurídico que deja a la libre interpretación de
los funcionarios encargados de aplicarlo, el alcance de las normas en un
país lleno de alcabalas de corrupción en cada trámite oficial (si ahora
hay muchos abusos, los que vendrán serán infinitos atropellos). D)
Finalmente destaco que de acuerdo a mi interpretación del artículo 27
del decreto ley, desde el 16 de noviembre próximo, los municipios
Roscio, El Callao, Sifontes y Gran Sabana y cualquier otro en el que
exista un yacimiento aurífero, pasan a ser, íntegramente (un monumental
exabrupto), Zona de Seguridad y Defensa y se militarizan. Este artículo
es tan abusivamente inconstitucional e inconveniente que, de acuerdo al
numeral 4 del mismo, las Fuerzas Armadas, todas, la Reserva incluida, se
convertirán en la práctica Policía Judicial y autoridad suprema de las
"áreas auríferas".
Ningún minero, salvo que cometa otro delito, debería ir preso por la
letra de este desatinado decreto. Enjuiciado y preso por pirata debe ir
el o los que redactaron este decreto y se le dieron a Chávez para que lo
firmara.
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