Tuesday, January 10, 2012

El reto de la Intendencia de Costos y Precios

El reto de la Intendencia de Costos y Precios
Rafael González
Lunes, 9 de enero de 2012

Debe acotarse independientemente de las precisiones operativas
anteriores, que la Ley de Costos y Precios Justos se encuentra en franco
conflicto con principios constitucionales y con la teoría y práctica
regulatoria económica, entre otras, por constituir una sentencia previa,
por partir de la presunción de culpabilidad de los privados y masificar
un problema de falsos positivos.

El Reglamento Parcial de Ley de Costos y Precios Justos establece como
principal competencia de la Intendencia de Costos y Precios, "la
responsabilidad de realizar análisis, seguimiento, evaluaciones y
propuestas para la determinación del precio justo de intercambio para
bienes y servicios…" (Artículos 5).

En este orden de ideas, la Ley y el Reglamento introducen términos sin
definición formal, no sólo a lo largo de estos instrumentos normativos,
sino que de igual manera no cuentan con soporte en la doctrina y la
jurisprudencia administrativa nacional e incluso internacional. Términos
como "precios o rentabilidades justas" resultan indeterminados y sujetos
a la más variada interpretación discrecional e instrumentación
arbitraria, pudiendo crear enormes fallas de gobierno, atentando contra
la eficiencia económica, bien social, generalmente tutelado por toda
regulación económica.

Si bien no existe una definición teórica de lo que constituiría un
precio justo, ni su instrumentación, ciertamente existe toda una teoría
económica regulatoria para entender en el ámbito positivo y plantear en
consecuencia en el normativo, los esquemas de incentivos que tutelarían
un objetivo público, que por demás nunca fue argüido en la Ley de Costos
y Precios Justos, como la eficiencia económica en sectores subaditivos
en sus estructuras de costos.

Por otra parte, existen métodos de estimación directa del poder de
mercado, que en la actualidad están siendo profusamente aplicados a
nivel mundial, para identificar cuán alejado podría encontrarse un
sector económico, en lo que se refiere a su desempeño, respecto al
benchmarketing de competencia perfecta. Este método de estimación y
análisis no hace depender al regulador de la información de costos
suministrada por las propias empresas. Sin embargo, este tipo de
análisis económico está siendo utilizado como métodos complementarios,
siendo considerados pruebas e indicios adicionales a los métodos
tradicionales de determinación del mercado producto y geográfico
relevante, así como los respectivos análisis del sector.

En el área de análisis e instrumentación de regulaciones, dos pueden ser
las experiencias y métodos aplicados en otros países que podrían ser
utilizados por la Intendencia de Costos y Precios. Por el lado del
análisis para evitar el problema de asimetrías de información, así como
la dependencia de la información que el propio administrado o sujeto a
regulación deberá suministrar, podría aplicarse métodos de análisis
estadísticos y econométricos para estimar directamente el poder de
mercado –lo anterior podría evitar que se cometieran errores de falsos
positivos, al analizar profundamente el sector y determinar si
efectivamente existe asidero para una acción regulatoria sobre el mismo,
posteriormente al análisis económico-. Estos métodos consisten en
estimar la demanda de la empresa sujeta a análisis –por lo general
partimos de una sector concentrado o monopólico- para así, sabiendo
apriorísticamente por la microeconomía, que la empresa optimiza sus
operaciones donde su costo marginal es idéntico a la curva de ingreso
marginal. Así las cosas, podría estimarse el mark-up o índice de Lerner
como proxy del poder de mercado de la empresa en el mercado. La
metodología anterior resulta un aporte al análisis toda vez que no
requiere ni depende de la información sobre costos que pudiera facilitar
las empresas. Sin embargo, resulta recomendable continuar utilizando el
arsenal de análisis sectorial de la economía industrial y la política y
la teoría de la competencia

En el área de la regulación económica por medio de controles de precios,
la sugerencia apuntaría a desechar el enfoque de costos y tomar como
referencia un enfoque más avanzado, basado en incentivos por medio de la
instrumentación de price-caps. Este instrumento de regulación de precios
resulta de alto poder de incentivos, no se encuentra basado en el
enfoque costo por lo que no constituye un congelamiento de precios del
tipo cost-plus, evitándose los pinzamientos de márgenes en economía
inflacionarias como la venezolana, y permitiendo, finalmente, el
sostenimiento de la oferta de bienes y servicios.

Sin embargo, debe acotarse independientemente de las precisiones
operativas anteriores, que la Ley de Costos y Precios Justos se
encuentra en franco conflicto con principios constitucionales y con la
teoría y práctica regulatoria económica, entre otras, por constituir una
sentencia previa, por partir de la presunción de culpabilidad de los
privados y masificar un problema de falsos positivos.

Economista. Master in Industrial Organization and Markets. Master en
Competencia y Regulación de Mercado. Especialización en Economía de los
Sectores Telecomunicaciones, Energía, Transporte, Farmacia, Agua y
Banca. Profesor universitario de Regulación Económica y Regulación de
Competencia.

http://www.analitica.com/va/economia/opinion/4953219.asp

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