Hugo Álvarez Pifano
Martes, 8 de noviembre de 2011
Si usted examina la "Ley de usos de la bandera, escudo e himno
nacionales de la República de Cuba" (puede leer lo siguiente: "No se
puede enarbolar la bandera cubana en la misma asta y a la misma altura,
junto con otra bandera ya sea de otra nación o de una entidad"
¿Qué significado tiene, conforme al derecho internacional, izar la
bandera de Cuba en instalaciones militares venezolanas?
¿Cuál es el sentido de transformar la Bandera Nacional en un chinchorro
–con sus tres colores, su Escudo y sus 8 estrellas- y regalarla a un
extranjero para que se acueste sobre ella?
La bandera es un "símbolo vivo" que representa el espíritu y la razón de
vida de cada nación. Con la bandera se cubre por completo la dimensión
territorial de un país, es el indicador indiscutible de defensa de la
soberanía de un estado sobre su propio territorio. Pero más allá de
todas estas consideraciones, es la representación de una dimensión
emocional, de una presencia espiritual, que involucra los amores y
afectos de todos los hombres por su familia y sus amigos, por los
valores de su religión, por la defensa de su propia cultura y muchas
otras creencias compartidas, que en forma de vivencias y de recuerdos se
anidan en el fondo del alma de los integrantes de una nación. En pocas
palabras, la bandera es todo esto, es el símbolo de la patria. Por estas
razones, en el mundo moderno, la bandera ha dejado de ser concebida como
un objeto material y ha pasado a tener el significado de un símbolo
viviente, que casi acaricia el borde de lo sagrado, como decíamos al
comienzo.
Bajo esta moderna concepción de la bandera, sus reglas de uso están
regidas por el derecho internacional, los usos y costumbres
internacionales, el derecho interno de cada país y el protocolo de los
poderes públicos del estado. Pero vamos a comenzar por el principio, tan
solo para citar un ejemplo: cuando un Embajador no ha presentado sus
credenciales diplomáticas, no puede izar la bandera del estado que
representa, él marcha con este propósito en su carro sin bandera. Cuando
tiene lugar la presentación de sus cartas credenciales, es conducido al
patio de honor donde pasa revista a las tropas y una banda marcial
ejecuta el Himno Nacional de su país, entonces se alza su bandera, el
Embajador de pié coloca su mano derecha sobre el corazón, y mira de
frente a la banda marcial que entona el himno - mientras la bandera no
ha llegado a la parte alta del mástil- al llegar el pabellón nacional a
la cúspide, dirige entonces el Embajador su mirada hacia su bandera. A
partir de ese momento él es el representante del jefe del estado que lo
envía ante el gobierno de ese país. Regresa entonces en su carro con la
bandera sobre el guarda fango derecho y la misma es izada en la
Embajada, y enarbolada en su residencia oficial. ¡Que fuerza tiene la
bandera como símbolo viviente de una nación! Es la representación misma
de un Estado.
La bandera no debe ser enarbolada antes de la salida del sol ni debe
permanecer izada después de la puesta del sol, esto responde a una
tradición de milenios, honrada por hombres que adoraron y vivieron al
ritmo del sol. Ahora bien, esta regla tiene una excepción, cuando las
fuerzas militares, navales y aéreas se encuentran en batalla, bajo el
fuego del enemigo, en estos casos la bandera jamás es arreada. La
bandera no se debe inclinar ante persona alguna ni ante otra bandera.
Cuando en las ceremonias militares vemos banderas que se inclinan ante
un jefe militar, esa no es la Bandera Nacional, se trata de banderas,
estandartes e insignias de autoridades civiles y militares de los
componentes del ejército, marina de guerra, aviación, guardia nacional y
autoridades policiales. Así mismo, cuando el representante de un país
–un embajador- visita una alcaldía o una instalación militar, por
razones de protocolo puede ser enarbolada su bandera, pero esto se
limita al tiempo de duración de la visita. Otras tres normas
fundamentales: en época de paz, ninguna bandera debe ser izada a mayor
altura que otra, esto es una consecuencia del principio de igualdad
entre naciones (ya retornaremos sobre este punto); igualmente, nunca se
debe colocar la bandera en modo que se le impida flotar libremente,
cuando se sitúa sobre una pared o una ventana, debe quedar suelta y
plana, jamás recogida con una cinta o festoneada; todo buque anclado o
atracado en puertos venezolanos, desplegará la bandera nacional en el
asta de popa. Algunas prohibiciones: La bandera no se debe usar como
vestido, ni como mantel para cubrir una mesa, ni como parte de un
uniforme, tampoco se le debe estampar en utensilios domésticos,
servilletas, tazas, platos o propagandas comerciales (menos aún hacer de
ella un chinchorro o hamaca, para que alguna persona se acueste sobre
ella. Y, recuerde amable lector, un proverbio popular referido a la
brevedad de las cosas humanas: "eso dura, lo que dura un `suspiro` en un
chinchorro. ¡Que disparate! Una gloriosa bandera destinada a aguantar
suspiros durante toda una noche).
Cuando la bandera se rompe o se deteriora o bien pierde sus colores, no
debe ser tomada para otros usos, lo indicado es quemarla. Esto es, la
tela de una bandera no puede ser usada como estropajo, trapo de
limpieza o coleto para fregar el piso. La razón es que la bandera ha
dejado de ser un objeto material y ha tenido lugar una consagración (de
"sacrum facere": hacer sagrada una cosa) esto es, el material de que
está hecha y sus símbolos (colores, estrellas y el escudo) despiden para
quienes sienten respeto por su bandera un halo sagrado "ab eterno". Por
este motivo, muchos músicos mediocres utilizan una chaqueta con los
colores, estrellas y el escudo de la bandera, para dirigir una orquesta
sinfónica y concitar los aplausos y la admiración del público,
igualmente algunos atletas oportunistas usan una franela diseñada de
este modo, para practicar cualquier deporte y despertar el entusiasmo de
las masas en nombre de una conciencia nacional.
Pero donde quedó demostrada la fuerza de una bandera como un símbolo
vivo, representativo del concepto de una nación, fue en una sentencia de
la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en el Caso del templo de
Preah Vihear, veamos en que consiste:
Caso del templo de Preah Vihear.
El templo de Preah Vihear fue construido a los inicios del siglo IX de
nuestra era por los emperadores del imperio Angkor (área que hoy ocupan
los modernos países de Vietnam, Tailandia, Laos, Camboya, Birmania y
Malasia) se trata de un templo hindú dedicado al dios Shivá, un
monumento sagrado, de gran interés religioso, cultural y arqueológico.
Al desaparecer el imperio Jemer, como también se le llama, Tailandia y
el imperio colonial francés –concretamente Francia, procediendo en su
carácter de protector de Camboya- pactaron la delimitación territorial
entre ambos países de Indochina, a tal efecto constituyeron una comisión
mixta encargada de elaborar los mapas de fronteras. Así mismo,
establecieron reglas y principios para llevar a cabo la delimitación de
fronteras y la elaboración de tales mapas. En 1907, Francia entregó a
Tailandia un mapa de fronteras de la región correspondiente a Preah
Vihear, donde aparecía el templo del lado Camboyano. Tailandia nunca
hizo objeción alguna a este hecho, pero en 1954, cuando Francia
reconoció la independencia de Camboya y los soldados franceses se
marcharon a casa, tropas tailandesas ocuparon el templo. Camboya
protestó en su carácter de gobierno soberano, rompió relaciones
diplomáticas con Tailandia y después de 5 años de tensiones, presentó en
1959 el conflicto ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
Entonces, vean ustedes lo que ocurrió en este litigio y que nos lleva a
considerar a la bandera de un estado como el "símbolo vivo" que refleja
su presencia y mucho más allá el espíritu de una nación.
Ante el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya, Camboya indicó
que el mapa hecho por funcionarios franceses en 1907 era el documento
oficial que establecía los límites entre ambos países; Tailandia por su
parte sostuvo que dicho mapa no tenía validez alguna, porque no fue
elaborado por la comisión conjunta franco-tailandesa, como había sido
acordado, sino por funcionarios franceses de modo unilateral. Indicó
además, que el mapa violaba la regla básica establecida por la comisión
conjunta al no delimitar la frontera según la línea divisoria de cumbres
de la cordillera Dângrek. Más aún, según Tailandia, de seguir tal regla,
el templo hubiera quedado en suelo tailandés. Camboya indicó, por su
parte, que Tailandia recibió el mapa de la frontera en 1907 y no lo
cuestionó hasta 1954, por lo cual debía entenderse su aceptación (esto
es la aplicación de un Estoppel).
Tailandia declaró que no planteó la cuestión antes de 1958, en razón de
que en todo momento estuvo en posesión de Préah Vihéar, lo cual se
demostraba con el pabellón de Tailandia izado sobre el templo y esa
bandera precisamente representaba una posesión sobre el lugar, lo que a
su vez constituía una prueba de que jamás aceptó la frontera del mapa
francés para Préah Vihéar. El valor de esta explicación depende, sin
duda, de saber si es cierto que la presencia de la bandera de Tailandia
en el lugar, constituye un testimonio ex post facto suficiente para
demostrar que nunca aceptó la frontera establecida en el mapa de Préah
Vihéar. Este es un caso en que a la bandera se la considera como un
"símbolo vivo", en su función de representar la posesión sobre un lugar
y la negación de aceptación de un hecho.
Regresando entonces a la pregunta inicial con que comienza este
artículo: ¿Qué significado tiene, conforme al derecho internacional,
izar la bandera de Cuba en instalaciones militares venezolanas? El caso
es que, según informaciones de prensa, la bandera cubana estuvo izada en
las instalaciones del Fuerte Paramacay, sede de la 41ª brigada blindada
en el estado Carabobo, durante 3 días (esto no parece ser un uso
protocolar), por debajo de la Bandera de Venezuela (ver la foto). Ya
hemos dicho que en tiempos de paz ninguna Bandera Nacional debe ser
izada por debajo de otra, en consecuencia este acto, "prima facie" ha
sido una falta de respeto y de consideración para la bandera cubana.
Pero, asómbrese gentil lector, si usted examina la "Ley de usos de la
bandera, escudo e himno nacionales de la República de Cuba" (en Internet
la encuentra), puede leer lo siguiente: "No se puede enarbolar la
bandera cubana en la misma asta y a la misma altura, junto con otra
bandera ya sea de otra nación o de una entidad". Esto es la bandera
cubana nunca debe estar por debajo de la bandera de cualquier otro país.
Bueno, eso es ya un problema del oficial cubano que enarboló la bandera
de su país por debajo de la bandera venezolana. En mi modesta opinión,
todo este caso no significa otra cosa, que una falta de respeto a la
bandera cubana, tal vez por ignorancia o por mala interpretación de
textos legales, pero en conciencia creo que cuando la bandera del noble
pueblo de Cuba, por razones de protocolo, deba ser izada en una
instalación militar venezolana, merece más respeto que el tributado en
el Fuerte Paramacay.
hugoalvarez pifano@gmail.com
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