Ley de Alquileres condiciona venta de casas arrendadas
Los propietarios tendrán un año para ofertar los inmuebles arrendados
EL UNIVERSAL
viernes 26 de agosto de 2011 12:00 AM
La Comisión de Administración y Servicios de la Asamblea avanzó en la
discusión de la reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y ayer
se aprobaron los artículos referentes a la preferencia ofertiva, los
cuales imponen condiciones a las ventas de las viviendas que están en
alquiler.
En el articulado se contempla que si el dueño de una solución
habitacional decide ofertarla tiene que ofrecerla primero al
arrendatario, si éste acepta negociar tendrá un año para buscar el
financiamiento. En caso de que el inquilino no compre la unidad, el
dueño podrá venderla a un tercero y el lapso para negociar la casa
también será de un año.
El presidente de la instancia parlamentaria, Diosdado Cabello, indicó
luego de la reunión que "a través del marco legal se garantiza que la
primera opción en las ventas de las viviendas la tengan los inquilinos".
Procedimientos
Las disposiciones dicen que "la preferencia ofertiva es el derecho que
le corresponde al arrendatario que ocupa el inmueble para que se le
ofrezca en venta en primer lugar y con preferencia frente a terceros".
Una vez que el propietario notifique al inquilino, éste tendrá 90 días
para dar la respuesta. Si acepta comprar, el arrendatario tendrá 1 año
para buscar el financiamiento, el dueño no podrá solicitar inicial. La
norma apunta que la vivienda solo será adquirida a crédito, no se
permitirá pago de contado.
En otro de los artículos se detalla que si el inquilino no acepta
comprar, el propietario tendrá un año para ofertar la vivienda a un
tercero. Según Cabello, si en ese tiempo no se colocó la vivienda, se
tiene que volver a realizar el ofrecimiento al arrendatario.
Los diputados, además, aprobaron los artículos del retracto legal, de
manera que los arrendatarios podrán acudir a los tribunales en caso de
que los dueños no cumplan con los puntos de la preferencia ofertiva.
Durante la discusión fueron diferidas las disposiciones sobre los pagos
por consignación y las causales de desalojo.
Para la próxima semana los diputados revisarán las sanciones y las
disposiciones transitorias. Todavía no se ha dado luz verde a la
metodología de cálculo de los cánones de arrendamiento.
Menos inversión
Por otra parte, El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela,
Aquiles Martini, estima que los lapsos para construir soluciones
habitacionales serán mayores, una vez que entre en vigencia la nueva Ley
de Arrendamientos, debido a que ese marco legal le impondrá más
requisitos a las empresas.
Esa propuesta ordena a las constructoras dar un porcentaje de las
viviendas nuevas al alquiler y obliga a notificar a la Superintendencia
de Arrendamiento el inicio de las obras.
En un foro organizado por el Cedice, Martini comentó que los desarrollos
tardan un lapso mínimo de cinco años y cuando esté vigente la ley ese
plazo se extenderá. "Se fija una obligatoriedad sin sentido, que
desestimula la inversión".
El vocero del Movimiento en Defensa del Patrimonio, Alfredo Padilla,
dijo que la ley afecta más a los sectores populares, debido a que en los
barrios es donde más se alquila. "Esas familias tendrán que registrarse,
presentar los contratos, se les cambiaron las reglas".
http://www.eluniversal.com/2011/08/26/ley-de-alquileres-condiciona-venta-de-casas-arrendadas.shtml
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