Saturday, December 3, 2011

Vendedores informales deben acatar Ley de Costos y Precios Justos

Vendedores informales deben acatar Ley de Costos y Precios Justos
02-Dic 03:57 pm|Sundecop

Los que incumplan con la ley "serán sancionados con multas hasta de
quince (15) salarios mínimos urbanos quienes no se inscriban en el
registro nacional de precios de bienes y servicios o quienes lo hagan
fuera de los lapsos establecidos"

La ley de Costos y Precios Justos es de obligatorio cumplimiento para
todas a las personas que produzcan, importen o comercialicen productos
con precios regulados por el Ejecutivo Nacional, incluyendo a los
vendedores informales, aseguró el intendente de Costos y Precios de la
Sundecop, William Contreras.

"Hay que destacar que la responsabilidad principal en cuanto al tema de
la economía informal la tienen quienes le proveen estos bienes y
servicios. Sin embargo, si estas personas venden algún producto regulado
deben hacerlo al precio establecido o de lo contrario se exponen a las
sanciones previstas (y decomisos de la mercancía) por el Sistema
Nacional Integrado de Costos y Precios (FANB, Policía Nacional e
Indepabis)", puntualizó.

Explicó Contreras que a la economía informal no está exenta del
cumplimiento de la ley del Indepabis, la Ley de Costos y Precios Justos
y las legislaciones que tienen que ver con el boicot, el acaparamiento y
los precios.

Recordó que actualmente y hasta el próximo 07 de diciembre se efectuará
el registro de empresas (a través de la página web: www.sundecop.gob.ve)
que abarca a aquellas relacionadas con los 19 productos priorizados
(cera, cloro, jabón y enjuague de ropa, lavaplatos, desinfectante,
champú y enjuague para el cabello, desodorante, jabón de baño,
afeitadora, papel higiénico, toallas sanitarias, cremas dentales y
enjuagues bucales, además de envases de agua mineral y jugos de frutas
pasteurizados).

"En este sistema se recaudará toda la información para el análisis de
los procesos de costos de producción que permitirá establecer el precio
real de estos, y garantizar que no exista especulación", reiteró.

Sobre las sanciones que podrían aplicarse aseguró que tal y como lo
establece la Ley de Costos y Precios Justos (en su artículo 44, numeral
1), "serán sancionados con multas hasta de quince (15) salarios mínimos
urbanos quienes no se inscriban en el registro nacional de precios de
bienes y servicios o quienes lo hagan fuera de los lapsos establecidos".

Anunció además que la Sundecop está brindando asesoramiento técnico
gratuito a quienes aún tengan dudas sobre la inscripción y dijo que
pueden llamar a los números telefónicos: (0212) 3938891 al 93.

Cabe destacar que esta Ley frena los márgenes exacerbados de ganancia en
algunos productos y servicios, detiene la especulación que presiona la
inflación, atentando no sólo contra la población en general sino contra
el potencial de pequeñas y medianas industrias, defiende el valor del
salario del trabajador y contribuye a la eficiencia económica del sector
productivo.

http://www.el-nacional.com/noticia/12465/18/Vendedores-informales-deben-acatar-Ley-de-Costos-y-Precios-Justos.html

No comments:

Post a Comment