Wednesday, December 21, 2011

Invasiones y esquizofrenia jurídica

Invasiones y esquizofrenia jurídica
Lo que dice la decisión no es lo que dicen que dice, pero lo que quiere
decir es lo que han dicho que dice...
ALBERTO ARTEAGA SÁNCHEZ | EL UNIVERSAL
miércoles 21 de diciembre de 2011 12:00 AM

Habría que ser psiquiatra o psicólogo para tratar de comprender lo que
ocurre en el mundo de las leyes o de la jurisprudencia en Venezuela. Los
abogados no estamos capacitados para entender el fenómeno y terminamos
atrapados en un mundo de contradicciones.

Ante una ley o una sentencia, nos esforzamos en dar alguna explicación
coherente y comenzamos a disertar sobre el sentido y alcance de los
dispositivos y de las decisiones, lo cual debe inferirse del texto que
tenemos a mano. Pero resulta que eso no es así. Un ejemplo, en materia
de normas, es el reciente Reglamento sobre motociclistas, violado
normalmente ante los ojos de "peatones y peatonas" y de los policías de
turno, entre los cuales se cuentan algunos "espontáneos fiscales de
tránsito", de eficiente actuación, que recaudan su estipendio en una
caja improvisada en la que colocamos, con puntería, nuestra voluntaria
contribución. Por supuesto, lo mismo ocurre en materia de impuestos, de
"precios justos" o de ambiente. Se han instaurado sistemas paralelos
impositivos; los precios justos solo rigen para un sector del comercio;
y la protección ambiental solo mide con absoluta precisión el
incumplimiento de normas técnicas por parte de empresas privadas, siendo
así que ante la vista de todos el propio Estado se ha convertido en
agente contaminante.

Son tantas las leyes y decretos "con valor, rango y fuerza de ley" que
ningún abogado los conoce, salvo cuando algún funcionario echa mano de
una norma nunca aplicada para demostrar aquello de que "dura lex, sed lex".

El asunto ha transcendido a las sentencias, cuyo contenido nadie
aprehende, quedando claro -eso sí- lo que se pretende con la decisión,
políticamente.

En el caso de la sentencia sobre las invasiones, la decisión Tribunal
Supremo de Justicia del 8-12-2011 no dice que quedan éstas
despenalizadas, constituyendo un hecho punible a partir de 2005. Lo que
el texto de la sentencia afirma es que los conflictos o controversias en
materia agraria, a los cuales hace referencia la Ley de Tierras, deben
ser resueltos por un juez agrario y no por un juez penal, siendo así que
no puede hablarse de invasión ni de perturbación pacífica de la posesión
ya que, como en el caso concreto, el acusado tenía un título legal
otorgado por el INTI, no pudiendo ser considerado invasor.

Esto tiene sentido, jurídicamente, pero lo que no tiene sentido es que
la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, en un mitin político,
aludiendo a Zamora, comunicara el contenido de la decisión, dando a
entender que las invasiones en el campo ya no son punibles, tratándose
de una norma "preconstitucional" (¡siendo de 2005!), lo cual,
posiblemente sea el verdadero mensaje de la sentencia, aunque de lo que
se trata es de la atipicidad de la conducta en el caso, resuelto por el
avocamiento, que correspondía a la Sala Penal.

Por lo tanto, lo que dice la decisión no es lo que dicen que dice, pero
lo que quiere decir es, en verdad, lo que han dicho que dice y que todos
han entendido. ¡Es la esquizofrenia jurídica! ¡Feliz Navidad!

aas@arteagasanchez.com

http://www.eluniversal.com/opinion/111221/invasiones-y-esquizofrenia-juridica

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