Saturday, May 12, 2012

Otros aspectos inconstitucionales del Consejo de Estado

Otros aspectos inconstitucionales del Consejo de Estado
Jesús Contreras
Sábado, 12 de mayo de 2012

(1) La presidenta del Tribunal Supremo ha sido designada miembro del
Consejo de Estado pero esto es inconstitucional. Todo acto del
presidente de la republica es atacable judicialmente. En el momento en
que la presidenta del Tribunal Supremo acepta ser consejera del
presidente en ese momento debe renunciar a su cargo como juez supremo
porque no puede ser juez y parte. Además de que la autoridad máxima de
uno de los poderes está dedicada a tiempo completo y no puede dedicarse
a otra labor, salvo dar clases. La Constitución es muy clara en cuanto a
la delimitación de la separación de poderes y la independencia de los
poderes.

(2) Entre las competencias del Consejo de Estado esta nada menos que
formular recomendaciones para la formulación del Plan de Desarrollo
Económico y Social de la nación. Esto también es atacable desde el punto
de vista constitucional.

(3) Igualmente son atacables las siguientes competencias: evaluar desde
una perspectiva política ciertos proyectos de leyes y velar por la
observancia de la constitución.

No tengo más tiempo. En próximo artículo me referiré a estos y otros
asuntos. Latentemente

jes1_contreras@msn.com

http://www.analitica.com/va/politica/opinion/6121754.asp

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