Sunday, July 31, 2011

Es traición a la patria cedulación hecha en Cuba

Nación 30 Jul 2011 | 06:38 am - Por DORYS VILLARROEL

"Es traición a la patria cedulación hecha en Cuba"

Constitucionalista Jorge Pabón sostiene que se violan varias leyes. Los
venezolanos tienen limitado el acceso a la información de identificación
que manejarán en la isla.

El ex decano de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central
de Venezuela Jorge Pabón advierte que la firma del convenio de
cedulación electrónica con la empresa cubana Albet Ingeniería y Sistemas
puede acarrear juicio por traición a la patria y otros delitos
establecidos en el artículo 132 del Código Penal Venezolano.

"Es indudable que la política interior tiene que ver con los movimientos
de identificación de los venezolanos y los sistemas de control
ciudadano. Por eso es aplicable el artículo del Código Penal en este
caso, al establecer que tendrán pena de presidio de 8 a 16 años los
venezolanos que solicitaren la intervención extranjera en los asuntos de
la política interior de Venezuela", señaló el constitucionalista.

Explicó Pabón que quien solicite la intervención de un país extranjero
en asuntos de política interior, como según su criterio lo están
haciendo funcionarios del Gobierno, también incurre en violación de los
artículos 28 y 60 de la Constitución Bolivariana, en los cuales se
establece que toda persona tiene el derecho de acceder a la información
y a los datos que sobre sí misma o sobre sus bienes consten en registros
oficiales o privados, con las excepciones que establezca la ley, así
como a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia
imagen, confidencialidad y reputación.

El jurista recordó que en el pasado la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, basada en el artículo 60 de la Constitución,
sentenció que ni los propios venezolanos pueden tener acceso a todos los
datos de identidad y de residencia de los ciudadanos, ya que estos deben
ser reservados para garantizar la privacidad de las personas. "Es una
contradicción y una violación abierta a la ley que se permita a una
empresa extranjera el manejo de nuestros datos, cuando nosotros mismos
no podamos tenerlos sin que medie la intervención de un tribunal", señaló.

Otro antecedente legal citado por Pabón, respecto a las restricciones
que tienen los venezolanos para conocer su data de identificación, está
establecido en el artículo 28, numeral 1 de la ley Orgánica de Procesos
Electorales, en donde se estableció que el Registro Electoral es
público, pero sin embargo para garantizar el derecho a la privacidad e
identidad de cada persona, respetando así el artículo 60 de la
Constitución, el acceso a los datos relacionados con la residencia queda
limitado por acción judicial.

Adicionalmente, la Ley de Registro Civil y Electoral tiene una
disposición similar que impide a cualquier venezolano manejar datos de
identidad de sus conciudadanos.

El ex decano de la UCV destacó que, haciendo uso de la norma que se
expresa en el artículo 28 de la Constitución, cualquier ciudadano puede
acudir a un tribunal a exigir que se le informe sobre el contenido del
contrato firmado con la empresa cubana Albet, ya que se parte del
derecho que tiene todo venezolano "a conocer el uso que se haga de los
registros en donde estén su identidad y zona residencial".

http://www.el-nacional.com/www/site/p_contenido.php?q=nodo/225407/Naci%C3%B3n/Es-traici%C3%B3n-a-la-patria-cedulaci%C3%B3n-hecha-en-Cuba

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