Monday, September 19, 2011

Obligados a obedecer

La Nación | 19/09/2011

Obligados a obedecer

Todas las autoridades y todos los organismos públicos deben darle
prioridad de aplicación de esos tratados internacionales

La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) dio el veredicto
tan esperado por Leopoldo López, pero a tres días de que se diera a
conocer la sentencia el máximo representante de la justicia venezolana,
el Tribunal Supremo, no se ha pronunciado ni a favor ni en contra.

José Vicente Haro, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad
Católica Andrés Bello, recuerda que de conformidad con el artículo 31 de
la Constitución, esa decisión tomada por la Corte Interamericana es de
obligatorio cumplimiento de manera inmediata, incluso obliga a que este
cumplimiento se haga sin que tenga el TSJ que revisar o decidir si la
decisión se aplica o no.

"En el artículo 23 de la Carta Magna también se establece expresamente
que todos los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos
suscritos y ratificados por Venezuela tienen rango constitucional y son
de aplicación preferente sobre todo el ordenamiento jurídico interno",
explica.

El abogado agrega que todas las autoridades y todos los organismos
públicos deben darle prioridad de aplicación de esos tratados
internacionales, "precisamente en el caso de López la CIDH dictó sus
decisión con base a un tratado internacional en materia de Derechos
Humanos que es la Convención Americana de Derechos Humanos".

Aun así el presidente de la República, Hugo Chávez, menospreció la
decisión de la instancia internacional acotando que todavía ésta no se
ha pronunciado sobre los golpes de 2002 en Venezuela y el de 2009 en
Honduras.

"Esa decisión sobre la habilitación de Leopoldo López pone en el tapete
la batalla por un mundo nuevo que quiere ser moral. Qué corte, ni qué
corte. Un corte de cabello vale más que esa corte", dijo el primer
mandatario.

El abogado Alberto Arteaga Sánchez explica que el artículo 155 del
Código Penal establece arresto por un máximo de cuatro años para
aquellos que violen los tratados suscritos por Venezuela, porque
comprometen la responsabilidad internacional del Estado.

Reacciones en contra
Antes de que se conociera la sentencia, Luisa Estella Morales aseguró
que a pesar de lo establecido en el artículo 23, dichos tratados debían
ser revisados porque "la visión de los derechos humanos hoy es diferente".

"En la cuarta república los derechos humanos tenían que ver con los
perseguidos y los torturados, hoy día se refieren también al derecho a
la vivienda, por ejemplo, al derecho a la alimentación, a la salud, son
derechos humanos que están desarrollados con una visión mucho más
profunda y más social que la visión anterior".

Gabriela Ramírez Pérez, defensora del Pueblo, aseguró que la sentencia
de la CIDH a favor de López le da la espalda a las mayorías y a un
gobierno que está luchando contra la corrupción.

http://talcualdigital.com/Nota/visor.aspx?id=58771&tipo=AVA

No comments:

Post a Comment