Tuesday, September 20, 2011

CNE esperará por decisión del TSJ para habilitar a López

ELECCIONES | Desde 2006 el CNE tiene en registro a tres tipos de
inhabilitados

CNE esperará por decisión del TSJ para habilitar a López
EUGENIO G. MARTÍNEZ | EL UNIVERSAL
martes 20 de septiembre de 2011 12:00 AM

El Poder Electoral -con la excepción del rector Vicente Días- mantiene
la tesis expuesta desde el año 2006: No inhabilita, ni habilita
candidatos, se limita a cumplir lo que ordene la Contraloría General de
la República y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)

Socorro Hernández, rectora principal del Consejo Nacional Electoral
(CNE), explicó que en el caso de la sentencia de la Corte Interamericana
de los Derechos Humanos (Corte-IDH) en la cual se ordena "habilitar"
políticamente al ex alcalde de Chacao, Leopoldo López, el organismo
comicial esperará la decisión que tome la Sala Constitucional del máximo
tribunal.

Desde la perspectiva de Hernández este "no es un tema en que el CNE
pueda tomar sus propias decisiones, el CNE cuando le llega una
comunicación del TSJ o de la Contraloría, nosotros actuamos. Es esperar
la decisión del TSJ".

Según la tabla de objeciones que maneja el CNE los ciudadanos
sancionados administrativamente por la Contraloría para ejercer
funciones públicas son identificados con el "código 8". Esta
"identificación" les permite votar, pero no postularse a cargos de
elección popular (este es el caso de López y todos los políticos
sancionados por el fallecido Contralor Clodosvaldo Russian).

Distinto es el caso de los ciudadanos catalogados con el "código 7". En
estos casos, se trata de ciudadanos que tienen una sentencia judicial
definitivamente firme que los inhabilita políticamente para votar, ser
elegidos y ocupar cargos en la administración pública (como lo exige la
Constitución y la Convención Interamericana de los Derechos Humanos).

Aunque la tabla de objeciones que emplea el CNE para conocer el estatus
electoral -y legal- de los venezolanos existe desde el año 1973, fue
sólo a partir del mes julio del año 2006 que el organismo comicial
decidió ampliar la objeción denominada "inhabilitado político", para
construir tres categorías: inhabilitado político, inhabilitado para
ejercer funciones públicas e inhabilitado por interdicción civil.

En el caso de López, la rectora Hernández asegura que el ex alcalde de
Chacao "tiene sus derechos políticos". Explica que su casa es
estrictamente administrativo.

"No es que perdió sus derechos políticos -reflexiona Hernández- tanto es
que tiene sus derechos, que está en un partido político, que declara en
los medios, difícilmente pudiéramos decir que Leopoldo López no tiene
derechos políticos cuando lo vemos a diario en los medios".

Díaz pide eliminar el código 8

El rector Vicente Díaz, presidente de la Comisión de Participación
Política y Financiamiento, solicitará a la sesión del CNE "anular" el
código 8 que ostenta López en la base de datos del organismo comicial.

Díaz es el único rector que enfáticamente sostiene que la sentencia de
la Corte-IDH es de obligatorio cumplimiento y aplicación inmediata para
el Poder Electoral.

emartinez@eluniversal.com

http://www.eluniversal.com/2011/09/20/cne-esperara-por-decision-del-tsj-para-habilitar-a-lopez.shtml

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