Saturday, September 10, 2011

Asamblea Nacional radicaliza la ley de arrendamiento

Asamblea Nacional radicaliza la ley de arrendamiento
el-nacional.com
Sábado, 10 de septiembre de 2011

"La duración de los contratos de arrendamientos regulados por la
presente ley será libremente acordada por las partes", decía el artículo
46 del proyecto original. La disposición aprobada fija un plazo mínimo
de 3 años, a menos que el inquilino decida rescindirlo antes

Los artículos del proyecto de ley para la regularización y control de
los arrendamientos de vivienda aprobados hasta ahora por la Comisión de
Administración y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional son mucho
menos equilibrados que los presentados por la Red Metropolitana de
Inquilinos en marzo.

"La duración de los contratos de arrendamientos regulados por la
presente ley será libremente acordada por las partes", decía el artículo
46 del proyecto original. La disposición aprobada fija un plazo mínimo
de 3 años, a menos que el inquilino decida rescindirlo antes, en cuyo
caso no tendrá que pagar los cánones restantes ni indemnización.

El artículo 54 limitaba la subrogación del contrato por muerte del
arrendatario a familiares hasta segundo grado de consanguinidad que
hubieran convivido habitualmente en el inmueble antes de que la persona
falleciera. Lo aprobado por la Comisión extiende ese derecho a cualquier
ocupante de la vivienda que pruebe una permanencia pacífica y continua
en ella.

La disposición 117 proponía que el inquilino acusado de falta de pago
perdiera los derechos consagrados en la ley y fuera demandado por el
procedimiento breve fijado en el Código Civil. El artículo aprobado le
permite llegar a una conciliación con el propietario si abona las
mensualidades atrasadas. "Dicho pago no se tendrá como extemporáneo",
agrega.

La instancia parlamentaria eliminó, además, el segundo capítulo del
proyecto de ley, que definía las garantías que el arrendador podía
solicitar al inquilino. Allí se indicaba que el depósito no podía
exceder del equivalente a dos meses de alquiler y debía ser guardado en
una cuenta bancaria. El dinero y los intereses generados serían
devueltos al arrendatario al término del contrato.

Proyecto mejorado

La Cámara Inmobiliaria de Venezuela y la Asociación de Propietarios de
Inmuebles Urbanos han advertido en varias ocasiones sobre los
desequilibrios que caracterizan al proyecto de ley para la
regularización y control de los arrendamientos de viviendas.

La Red de Propietarios de Viviendas en Alquiler, creada recientemente
para agrupar a arrendadores de sectores populares, también critica la
legislación porque generará anarquía y acabará con la oferta. Exige una
ley que sea más equilibrada.

Rigel Sergent, integrante de la Red Metropolitana de Inquilinos,
respalda los cambios y destaca que fueron realizados con la
participación de asociaciones de arrendatarios de todo el país. "Creemos
que se ha mejorado la propuesta inicial que introdujimos en la Asamblea
Nacional", dijo.

Sergent afirmó que los propietarios de viviendas también han intervenido
en las discusiones. "Todas las partes han sido escuchadas. Evidentemente
los grandes arrendadores, que utilizan el alquiler como un negocio y no
como un medio de subsistencia, no van a estar a favor de la regulación".

Agregó que los pequeños arrendadores ­definidos como los que alquilan
una o dos unidades de vivienda­ no tienen razones para preocuparse.

"La ley les garantiza el derecho de propiedad y señala los mecanismos
para que recuperen sus inmuebles".

Sergent descartó que la normativa incentive la falta de pago de los
inquilinos. "La persona que no cancele será desalojada. Y los
procedimientos serán más expeditos, de manera que los arrendadores no
tendrán que esperar tres años, que es la prórroga establecida en la ley
vigente".

www.el-nacional.com

http://www.analitica.com/va/sintesis/nacionales/5991428.asp

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