Inician petición para activar el referendo en Venezuela
Vicente Díaz Silva, ex Rector Electoral, publicó este domingo una carta
abierta al CNE
Lunes, julio 25, 2016 | CubaNet
MIAMI, Estados Unidos.- El ex Rector Electoral venezolano Vicente Díaz
Silva inició una petición en la noche de este domingo para exigir al
Consejo Nacional Electoral (CNE) de su país a activar el referendo
revocatorio.
Bajo el título de "Exigimos al CNE cumplir con la norma vigente para la
activación del Referéndum Revocatorio 2016", Díaz publicó una carta
abierta dirigida al CNE, máximo órgano electoral en la nación sudamericana.
El mismo político venezolano fue Rector Electoral desde abril de 2006.
Es conocido, entre otros hechos, por haber escrito una carta al
presidente Nicolás Maduro a propósito de la derrota del chavismo en las
elecciones parlamentarias. "Usted ya perdió", escribió al mandatario en
Miraflores, "el problema es que usted no entiende".
A la petición iniciada en Change.org para activar el referendo se han
unido figuras como el expresidente colombiano Álvaro Uribe.
El gobierno de Nicolás Maduro en Venezuela está afrontando una severa
crisis desde hace meses, y la oposición, con dominio en el Parlamento,
está tratado de forzar la salida del Ejecutivo.
A continuación, CubaNet reproduce la carta.
Estimados rectores del Consejo Nacional Electoral:
La situación de Venezuela, como ustedes perfectamente conocen, es
extremadamente seria y delicada afectando todos los órdenes de la vida
nacional. Necesita el concurso responsable de todos los venezolanos y
venezolanas, con atención especialísima de quienes ocupan los más altos
cargos en la estructura del Estado, como es su caso.
Esta misma situación nos induce a escribirles estás líneas, con todo el
respeto que se deriva de su condición de ciudadanos y su alta investidura.
Las normas, en cualquiera de sus formas y jerarquías, desde la
Constitución hasta el más sencillo de los reglamentos, establecen las
reglas del juego para el devenir de vida republicana. Esas normas
adecuadas o no, mejorables o no, son las rayas de la cancha que permiten
saber de antemano cuál es el juego que se jugará y qué se permite y qué
no. Es muy claro que esas rayas no se pueden cambiar a mitad del
partido, así como tampoco la interpretación de su significado.
En el caso que nos ocupa, las normas que regulan la iniciativa de
solicitud y promoción de Referendo Revocatorio son las publicadas en la
Gaceta Electoral 405 en diciembre de 2007. Aun cuando consideramos que
son normas que deben ser modificadas apenas sea posible, son las reglas
del juego vigentes para ciudadanos, partidos; y para el funcionario
revocable con la iniciativa adelantada por la oposición de convocar el
Referendo Revocatorio, para que el país con su voto decida si el
presidente Nicolás Maduro debe seguir al frente de la Presidencia de la
República.
Pero también son las reglas para ustedes, para el Poder Electoral.
Ustedes deben ser los garantes de su aplicación y los primeros en
acatarlas. Les gusten o no.
Las reglas y las actuaciones de los miembros del Poder Electoral deben
servir para asegurar que los derechos y obligaciones de todos los
electores, de todas las organizaciones, de todos los candidatos y de
todos los funcionarios electos sean preservados por igual, sin ningún
tipo de distinción que genere ventajas para unos y desventajas para otros.
Esas normas también los protegen a ustedes. Ya transcurrió la primera
fase del proceso establecido en la citada norma sobre el revocatorio, la
de la recolección del 1 por ciento de las manifestaciones de voluntad en
respaldo a la iniciativa de solicitud del revocatorio activada por la
Mesa de la Unidad. El balance durante esa primera etapa no es bueno.
El CNE demoró 34 días, desde que se le hizo la primera solicitud, para
entregar la planilla requerida para recolectar el 1 por ciento de las
firmas, cuando la misma debería estar disponible automáticamente en el
momento de cumplirse la mitad del período de cualquier autoridad electa.
Las normas, por ejemplo, les daban al CNE cinco días para constatar que
se había cumplido con la recolección del 1% de las firmas y convocar a
su validación presencial mediante la huella dactilar: el CNE se tomó 42
días.
La norma establece que había que recoger el 1% del registro electoral de
la circunscripción correspondiente al cargo a revocar, en este caso por
ser el Presidente la circunscripción es nacional; correspondía al 1% del
registro electoral del país. Ustedes exigieron, pasando por encima de la
norma, que se recogiera el 1% del registro de cada estado, como si se
fuera a revocar a los 24 gobernadores. Eso estuvo mal, ustedes saben que
no es así.
Esperemos que esto no haya sido con el objeto de sentar un precedente
inaceptable para la recolección del 20% de las firmas que establece el
art 72 de la Constitución, que es el paso siguiente y último para
activar el Referendo Revocatorio
La norma establecía un procedimiento de validación presencial y mediante
la huella dactilar ante funcionarios del CNE de forma de constatar que
los solicitantes existían, estaban habilitados y en efecto habían
firmado la solicitud. Ustedes agregaron un procedimiento de filtraje de
las firmas, no contemplado en la norma, que conllevó a la eliminaciónn
de más de 600 mil firmas, incluyendo las de connotados dirigentes
opositores, sin que estos ciudadanos tuviesen el derecho a la defensa o
por lo menos el derecho a conocer por qué ustedes habían invalidado su
firma.
Ese procedimiento dejó a esos 600 mil electores en un estado de
indefensión; siendo incluso que los actuantes, la Mesa de la Unidad
Democrática y los propios firmantes, no recibieron ninguna información
pormenorizada acerca de las razones que motivaron esas objeciones y la
consiguiente invalidación de sus firmas. "Información" que al parecer
si recibió el partido de gobierno, y que utiliza para afirmar que hubo
firmas "falsificadas" y para proceder judicialmente en contra de los
promotores del proceso revocatorio. Estos comportamientos diferenciados
comprometen severamente la actuación del cualquier árbitro político, en
Venezuela y en el mundo.
La norma contemplaba que una vez constatado por el CNE que se habían
recogido por lo menos el 1% de las firmas, de manera inmediata se
iniciaba la validación con captahuellas en los puntos establecidos por
el CNE. Eso no ocurrió. El CNE de forma sobrevenida modificó las rayas
de la cancha y agregó un período de exclusión para que los firmantes
pudiesen retirar su firma.
Eso retrasó el inicio de la validación una semana más. Curiosamente, a
diferencia de lo ocurrido para el Revocatorio Presidencial del año
2004, no abrieron simultáneamente un período de inclusión para que los
600 mil electores que fueron excluidos administrativamente por el CNE
tuviesen el derecho de ratificar su voluntad.
Llegado el momento de la validación, la norma establecía taxativamente
que el CNE debería desplegar una infraestructura de validación en razón
de una captahuella por cada mil validantes, dado que eran un millón
trescientos cincuenta mil correspondía haber desplegado 1.350 máquinas.
El CNE volvió a cambiar las rayas y colocó solo 300 en todo el país.
En este momento el país y la comunidad internacional están a la espera
de que el CNE constate que se validaron todas las firmas requeridas y
bastantes más, por cierto, a pesar de las limitaciones generadas por la
propia autoridad electoral.
Ese proceso, dado que el registro electoral está digitalizado incluyendo
las huellas de los electores, que las planillas fueron digitalizadas
incluyendo la huella de los solicitantes y que durante la validación se
escanearon digitalmente las huellas de todos los electores validantes,
debió ser inmediato. Sin embargo, el CNE anunció que se tomaría el total
de los 20 días hábiles que, como máximo, le otorga la norma para
anunciar el 26 de julio la certificación de la MUD como actor legitimado
para promover el Revocatorio.
A partir de allí entramos en una nueva etapa. El siguiente paso es la
recolección del 20% de las firmas de los electores que respaldan la
activación de la revocatoria del mandato, tal como establece la
Constitución. Sobre el particular, respetuosamente, queremos hacerles
algunas consideraciones que no son otra cosa que, en resumen, una
petición para que se cumpla con la normativa:
El referendo revocatorio es al presidente de la República, su
circunscripción para ser electo es nacional, por ende, la recolección de
manifestaciones de voluntad es nacional: es el 20% del registro
electoral del país no el de cada estado. Ustedes saben que es muy distinto.
Todos los ciudadanos inscritos en el registro electoral tienen derecho a
manifestar su voluntad. En consecuencia, la cantidad y ubicación de la
infraestructura electoral (centros de votación, máquinas captahuellas,
personal) que se despliegue para recogerlas, debe garantizar ese derecho
para todos los electores que potencialmente decidan manifestar su apoyo
a la iniciativa revocatoria.
Los venezolanos en el exterior tienen constitucionalmente, y así lo han
ejercido, el derecho al voto para elegir al presidente. De igual forma
tienen el derecho a votar en el revocatorio y a manifestar su voluntad
para que se active. Es responsabilidad del CNE garantizar ese derecho
cursando instrucciones vinculantes a la cancillería para que facilite el
RE y para que active los puntos de recolección de manifestaciones de
voluntad cuando corresponda el 20%
Los plazos establecidos en la normativa son eso, plazos; no términos. La
normativa en prácticamente todos los casos establece límites máximos,
pudiéndose llevar a cabo antes. El CNE debe regirse por lo establecido
en el artículo 3 de las normas vigentes sobre la revocatoria de mandato
que establece que los actos vinculados a todo el proceso del Revocatorio
deben estar alineados con los principios de celeridad y eficiencia.
Esto es, el CNE debe utilizar el menor tiempo posible dentro de los
plazos a que les obliga la normativa a fin de asegurar que el proceso
cumpla su propósito a cabalidad. Se defraudaría las normas si, como ya
sucedió, se introducen lapsos y criterios no sancionados en la normativa
que alarguen y entraben el proceso.
Las normas permiten la realización de la revocatoria de mandato antes de
la finalización del año 2016. El 26 de Julio, como máximo, el CNE deberá
emitir la constancia de cumplimiento del 1% (art 10.7G). A partir de
allí corren los siguientes lapsos según la normativa publicada en la
Gaceta Electoral 405 y tomando en cuenta siempre el máximo, aún cuando
insistimos ustedes lo pueden hacer en los mínimos:
Hasta 2 días hábiles para que la MUD presente solicitud de RR (art. 19):
28 de julio.
Hasta 15 días continuos para que CNE verifique la solicitud y apruebe
(art 21): 15 de agosto
Hasta 15 días hábiles para que el CNE apruebe la cantidad y ubicación de
los puntos de recolección(plazo que podría transcurrir en paralelo con
el anterior, si así lo quisieran ustedes) (art 24): 5 de septiembre
Hasta 3 días continuos de recolección del 20% de las manifestaciones de
voluntad (art 26): 6,7 y 8 de septiembre
Hasta 15 días hábiles para verificar y totalizar (plazo innecesario
porque ya todo está automatizado) las manifestaciones de voluntad (art
28): 29 de septiembre
Hasta 3 días continuos para la convocatoria del Referendo Revocatorio
(art 29): 2 de octubre
Hasta 90 días continuos para realizar el Referendo revocatorio (art
30) Entendiendo que hay que postular opciones, hacer campaña, preparar
y desplegar máquinas y Miembros de Mesa y Junta, y dado que el CNE ha
hecho eso en 30 días cuando ha querido: el RR puede realizarse en
cualquier momento entre el 1 de noviembre y el 30 de diciembre (como
máximo) del 2016
Finalmente una última consideración. El CNE es el árbitro político del
país. Sabemos que ustedes están muy conscientes del papel que la
historia les ha reservado para esta delicada coyuntura. Sabemos que
ustedes saben perfectamente la tajante diferencia entre árbitro y
arbitrariedad. Entendemos que ustedes tienen derechos políticos que
suponen preferencias, pero también sabemos que ustedes tienen el
criterio suficiente como para separar, si así lo quisieran, su
inclinación política de la imparcialidad en la toma de decisiones que
les exige su alta investidura.
No les vamos a irrespetar diciéndoles que salgan por la puerta grande,
que la historia les juzgará o que la paz del país descansa sobre sus
hombros. Decirles eso es insultante porque supondría que ustedes no
están conscientes de su rol y de las consecuencias de sus actos y
decisiones. Y nosotros sabemos, como arriba mencionamos, que ustedes lo
saben claramente.
Solo les pedimos una cosa: apéguense a las normas, y adminístrenlas con
la celeridad que les manda la propia norma, y que la crisis de Venezuela
reclama.
Quien suscribe de primero es responsable del contenido de esta
comunicación, pero la misma está abierta a todos los involucrados en el
área electoral, de defensa de derechos políticos y humanos y finalmente
a todos los ciudadanos que consideran que expresa su opinión, para que
puedan adherirse a estas consideraciones y petitorio.
Respetuosamente,
Vicente Díaz Silva
Ex Rector Principal del Consejo Nacional Electoral
Ex Presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento
(COPAFI)
Respaldan esta comunicación:
Luis Salamanca
Luis Lander
Ignacio Ávalos
Benigno Alarcón
Ángel Oropeza
Eugenio Martínez
Luis Pedro España
Nelson Bocaranda
Beatriz de Majo
Isaac Casado Bondini
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