Monday, September 12, 2011

Sobre terrorismos

Sobre terrorismos
Víctor Rodríguez Cedeño
Lunes, 12 de septiembre de 2011

El concepto de terrorismo debe verse hoy en forma mas amplia. El
terrorismo de Estado es una modalidad particular a la que recurren
algunos regímenes. Es el terrorismo que viene de la misma estructura del
Estado o de grupos o entidades creados por él

Recordamos en estos dias con gran pesar los actos cobardes del 11 de
setiembre perpetrados por terroristas, aunque algunos gobernantes
irresponsables aseguraron otra autoría para solidarizarse con ellos y
atacar al "imperio". Ello, y el señalamiento en contra de algunos países
como practicantes o promotores del terrorismo o de no cooperar en la
lucha para su erradicación, motiva algunos comentarios sobre este
crimen, en sus diversas formas.

El terrorismo es uno de los mayores flagelos de la humanidad. No sólo se
trata de actos perpetrados por individuos fuera de la estructura del
Estado en contra de éste o de la sociedad, con fines políticos o
ideológicos predeterminados; sino de actos llevados a cabo por el Estado
con iguales fines, mediante sus propias instituciones o de estructuras
paraestadales para amedrentar a una parte de la población.

La definición del terrorismo ha sido difícil. Para algunos, ciertos
actos que podrían calificarse de terrorismo son legítimos (luchas por la
independencia y de liberación) y no se incluirían dentro del concepto.
Para otros, lo que comparto, todos los actos que responden a las
definiciones más aceptadas, deben ser considerados constitutivos del
crimen de terrorismo.

El terrorismo, en términos generales, consistiría en "el uso, o la
amenaza de uso, de la violencia contra civiles inocentes o sus bienes y
propiedades, por parte de individuos o grupos organizados no adscritos a
Estados, para coaccionar o coartar a sociedades y/o gobiernos, a menudo
con fines políticos o político-religiosos". También se define como los
"actos ilegales y criminales utilizados por aquellos grupos que
abandonan el camino de la legalidad para enfrentarse a sus opositores,
con el fin de tratar de imponer sus criterios, bien sean políticos,
religiosos o culturales".También como "violencia premeditada y con
motivos políticos perpetrada contra objetivos civiles por grupos
subnacionales o agentes clandestinos, generalmente con la intención de
influenciar a un público determinado". (Diccionario de Derecho
Internacional, El Nacional, Caracas 2011).

No sólo se trata de actos perpetrados por las estructuras de poder, sean
formales o no, sino del apoyo o el financiamiento de tales actividades.
Los Estados están obligados a combatir por todos los medios el
terrorismo, respetando los derechos humanos. El Consejo de Seguridad de
la ONU aprobó unánimemente la resolución 1373 (2001), en la que obliga a
todos los Estados a tipificar como delito la prestación de asistencia
para actividades terroristas, a denegar refugio y apoyo financiero a los
terroristas y a compartir información sobre los grupos que planeen
ataques terroristas.

El concepto de terrorismo debe verse hoy en forma mas amplia. El
terrorismo de Estado es una modalidad particular a la que recurren
algunos regímenes. Es el terrorismo que viene de la misma estructura del
Estado o de grupos o entidades creados por el régimen, para aterrorizar
y amedrentar a parte de la población. Los régimenes que practican tales
políticas argumentan "razones de Estado" para justificar su realización.
Estos actos suelen traducirse en secuestro; tortura; ataques y
persecución a las personas (discriminación) y la propiedad
(confiscaciones) mediante fuerzas oficiales y grupos paraoficiales
constituidos para ello; agresiones a los medios de información; procesos
judiciales politizados, entre otros. Instruir a las fuerzas armadas
formales e informales para causar terror, así como forzar la emigración
y el exilio de parte de la población constituirían también actos de
terrorismo de Estado.

Libia es un ejemplo claro de Estado terrorista en todos los sentidos.
Adentro es conocida la historia y el final de su régimen. Afuera,
numerosos crímenes, entre los cuales la voladura de aviones comerciales
que causaron centenarse de víctimas y el financiamiento de estas
actividades en el mundo.

En todos los casos, el crimen de terrorismo cualquiera que sea su
acepción es condenado por la comundiad internacional. Los responsables
de tales actos enfrentarán la justicia en su oportunidad.
Lamentablemente, por razones políticas, el crimen de terrorismo no se
incluye en el Estatuto de Roma como uno de los crímenes de la
competencia de la CPI, aunque se dejó abierta la posibilidad de que el
mismo fuese incluido ulteriormente.

vitoco98@hotmail.com

http://www.analitica.com/va/internacionales/opinion/7570849.asp

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