Wednesday, September 21, 2011

¿Quién gobierna aquí?

Editorial | 21/09/2011

¿Quién gobierna aquí?

Con el presidente Hugo Chávez ejerciendo funciones a un cuarto de
máquina, ¿quién está ecargado de ejercer sus funciones temporalmente?
TEODORO PETKOFF
institucional que no puede calificarse sino de anómala. El presidente de
la República padece una enfermedad grave que lo ha obligado a limitar su
actividad de un modo que, dado su tradicional ritmo de trabajo, puede
calificarse casi como de delegación de un porcentaje elevadísimo de sus
responsabilidades. De paso, todo indica que si el Presidente se atuviera
obedientemente a las recomendaciones médicas, esa actividad debería ser
aún menor de lo que ya es.

Ahora bien, el Presidente gobierna a cuarto de máquina, pero, ¿en quién
ha delegado las funciones que hoy no ejerce? Formalmente en nadie.
Existe un vicepresidente ejecutivo, Elías Jaua, que en contadas
ocasiones da la impresión de que asumiera algunas de las funciones
presidenciales, pero, en otros momentos, pareciera que ese rol lo cumple
en más oportunidades el canciller Nicolas Maduro. Ambos actúan sin que
haya habido designación formal alguna por parte de la Asamblea Nacional,
que sería la encargada de tomar cartas en el asunto, según la Constitución.

El tema no es de poca monta. Según como se han venido desarrollando los
acontecimientos relativos a la enfermedad del Presidente, es cada vez
más evidente que se dan todas las condiciones para declarar su "falta
temporal". Es más, el sentido común y las exigencias de un tratamiento
para el cáncer deberían hacer que el Presidente, por decisión propia,
coloque en lugar prioritario todo lo relativo a ese tratamiento y
durante un tiempo, hasta que sea superada la situación, abandone el
ejercicio de la Presidencia y no haga otra cosa que someterse
disciplinadamente a su curación.

Esa "falta temporal" no significa que deja de ser Presidente sino que se
ausenta del cargo por un tiempo determinado. La Constitución lo dice con
toda precisión (Artículo 234): "Las faltas temporales del Presidente o
Presidenta de la República serán suplidas por el Vicepresidente
Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, hasta por noventa días,
prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más".

Elías Jaua comenzó a ejercer la condición de candidato a la Gobernación
de Miranda, para lo cual fue designado dedocráticamente por el
Presidente y, tal vez inadvertidamente, argumentó que debía hacerlo
porque el gobernador Capriles no ejerce su cargo sino que está dedicado
a su campaña electoral. Ese razonamiento, que es falso, por lo demás,
sin embargo, calza con toda propiedad a Chávez. Si Capriles puede ser
acusado de ausencia, cuando es visible que está aquí y que permanece al
frente de su gobernación, ¿qué decir de un Presidente que literalmente
no puede ocuparse de sus obligaciones sino muy a medias y varias veces
lo hace desde el extranjero?

La Asamblea Nacional debería declarar la falta temporal del presidente
de la República y designar formalmente al Vicepresidente Ejecutivo Elías
Jaua como su reemplazo durante los noventa días que prevé la
Constitución. De lo contrario seguiremos en esta extraña situación en la
cual, para todo efecto práctico, el país continuará preguntándose:
¿quién gobierna aquí?

http://talcualdigital.com/Nota/visor.aspx?id=58920&tipo=AVA

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