Friday, September 16, 2011

Ley obligará a los arrendadores a abrir cuenta en banca pública

Ley obligará a los arrendadores a abrir cuenta en banca pública
16-Sep 06:47 am|Alejandro Hinds

Las sanciones contra los propietarios van desde 50 unidades tributarias
hasta la expropiación

Los propietarios de inmuebles residenciales alquilados deberán abrir una
cuenta de ahorro en un banco estatal para que los inquilinos depositen
el canon mensual, según el proyecto de ley para regularización y control
de los arrendamientos de viviendas, aprobado el miércoles por la
Comisión de Administración y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional.

"No se considerará en morosidad al inquilino cuando el arrendador haya
clausurado la cuenta de ahorro y éste no podrá demandar la falta de pago
ni solicitarle el cumplimiento de sus obligaciones hasta que la abra
nuevamente. El pago se realizará desde el momento en que ésta se
encuentre operativa", dice el artículo 56 del proyecto.

El propietario sólo podrá cerrar la cuenta bancaria, según el artículo
58, después de que haya terminado la relación arrendaticia (que durará
un mínimo de 3 años) o cuando se haya declarado con lugar el desalojo
del inmueble por cualesquiera de las causales establecidas en la ley y
la decisión haya quedado definitivamente firme.

El proyecto elimina el pago por consignación e incluye una disposición
transitoria que otorga 12 meses a los arrendadores para retirar los
montos depositados en las cuentas creadas por los tribunales para tal
fin. Los recursos que sigan allí luego del lapso establecido serán
destinados al Fondo de Seguridad Social del Inquilino y del Pequeño
Arrendador.

El fondo, cuyas características y funciones no se describen en ningún
artículo, también recibirá el dinero recaudado por la Superintendencia
Nacional de Arrendamiento de Viviendas (sustituta de la Dirección de
Inquilinato) por las multas impuestas a propietarios e inquilinos.

La Comisión mantuvo las sanciones del proyecto original, que van de 50 a
400 unidades tributarias, y agregó una de 1.000 unidades tributarias
para castigar los desalojos arbitrarios. También dejó el artículo que
penaliza la reincidencia con el doble del monto y la tercera falta con
la expropiación.

Más problemas. Aquiles Martini, presidente de la Cámara Inmobiliaria de
Venezuela, ratificó el desacuerdo del gremio con el proyecto de ley
porque es totalmente desequilibrado.

"Va en perjuicio de los arrendadores para favorecer a los inquilinos.
Las normas deben proteger a todos. La propiedad es un derecho tan
constitucional como la vivienda".

Agregó que la intención parece ser que los dueños de inmuebles paguen
las culpas de los gobiernos, que han sido incapaces de promover la
construcción de viviendas al ritmo necesario para satisfacer la oferta,
pero descartó que la ley permita resolver el déficit. "Todo lo que es
impuesto es perjudicial. El rol del Estado es estimular a los gobernados".

http://www.el-nacional.com/noticia/1198/18/Ley-obligar%C3%A1-a-los-arrendadores-a-abrir-cuenta-en-banca-p%C3%BAblica.html

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