Friday, September 16, 2011

Gobierno podrá fijar el valor de venta de inmuebles arrendados

Viviendas | Procesos se realizarán en aquellos edificios de vieja data

Gobierno podrá fijar el valor de venta de inmuebles arrendados

En la propuesta de reforma de la Ley de Alquileres se indica que la
rentabilidad del canon de arrendamiento será de 3% anual
MAYELA ARMAS H. | EL UNIVERSAL
viernes 16 de septiembre de 2011 12:00 AM

Las disposiciones transitorias del proyecto de Ley para la
Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda obligan a
ofertar las viviendas ubicadas en edificios viejos que están destinados
al alquiler, y para realizar esas negociaciones, el propio texto
establece los procedimientos e indica que el Gobierno fijará los valores
de venta de esos inmuebles.

La propuesta, que fue aprobado por la Comisión de Administración y
Servicios de la Asamblea Nacional esta semana, apunta que las soluciones
habitacionales alquiladas y que están en edificaciones de vieja data
tienen que ser ofrecidas en venta a los inquilinos en un lapso de 180
días, luego de la entrada de vigencia del texto.

El texto apunta que la Superintendencia de Arrendamiento (ente que
sustituirá a Inquilinato) determinará el valor de venta de los inmuebles
y para ello será considerado el estado de las bienhechurías, "en ningún
caso se tomarán en cuenta para el cálculo el valor de la tierra, los
factores de ubicación y los precios de mercado".

Las disposiciones agregan que la banca tendrá que dar prioridad a los
créditos previstos para la adquisición de esos inmuebles y el Banco
Nacional de la Vivienda otorgará subsidios a las personas de la tercera
edad o discapacitados que la banca no pueda atender.

Sin embargo, ese procedimiento de venta de las unidades impone condiciones.

Si los propietarios no realizan la oferta en el lapso previsto en la
ley, la Superintendencia publicará carteles dos veces a la semana por 30
días solicitando la presencia de los dueños de los edificios. Si pasado
15 días después de la última publicación el propietario no comparece, el
organismo expropiará los inmuebles, y 30 días después serán adjudicados
a los inquilinos que los habitan.

Rentabilidad condicionada

La propuesta de ley, que será entregada la próxima semana a la plenaria
del Parlamento, también crea un nuevo método de cálculo del canon de
arrendamiento que tomará como referencias los tipos de vivienda, las
reparaciones y los materiales de construcción.

El texto señala que el canon surgirá de la aplicación de una fórmula que
incluirá el valor actual del inmueble (que surgirá de otros métodos) y
un porcentaje de rentabilidad.

Esa rentabilidad será de 3% anual, aunque el Ejecutivo Nacional podrá
modificarla cuando así "lo determinen razones de interés público o social".

En la ley vigente la rentabilidad está sujeta al valor del inmueble
alquilado.

El proyecto de marco legal señala que en el valor del inmueble será
incorporado el costo de la tierra, no obstante, ello se condiciona.

Si los inmuebles se edificaron en tierras pertenecientes a la República,
los estados o los municipios, el valor que resulte no será imputable al
costo total del inmueble. Pero si las edificaciones están en terrenos
privados, el valor que resulte de la tierra será imputado al costo del
inmueble, y para ello los dueños podrán consignar la documentación que
acredite la titularidad de la tierra.

En el instrumento el valor de la tierra será aquel que establezca el
ministerio con competencia en la materia, que en este caso sería el
Ministerio de la Vivienda y Hábitat.

Contraloría social

La reforma de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios incorpora la
contraloría social.

Los artículos señalan que "las organizaciones sociales de trayectoria en
materia inquilinaria, así como los consejos comunales, deberán ejercer
la contraloría social de la Superintendencia de Arrendamientos para
vigilar el cumplimiento de la Ley. Esas organizaciones apoyadas en la
misión justicia socialista podrán actuar como instancia conciliatorias".

Según el texto, las organizaciones sociales podrán mediar en aquellos
conflictos que se registren entre los propietarios y los inquilinos.

http://www.eluniversal.com/2011/09/16/gobierno-podra-fijar-el-valor-de-venta-de-inmuebles-arrendados.shtml

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